Para concluir con las principales novedades del
balance sólo resta mencionar la modificación operada en
los instrumentos de patrimonio propio (con carácter
general, acciones y participaciones propias) cuya presentación
en el nuevo Plan se realiza minorando en todo caso
la cifra de fondos propios. Igual criterio se aplica a los
desembolsos pendientes de exigir sobre dichos instrumentos
a la fecha de cierre, que pasan a minorar la cifra
de capital. Y por último, el registro dentro del pasivo de
las acciones, participaciones u otros instrumentos financieros
que aún teniendo una forma jurídica propia de los
instrumentos de patrimonio, atendiendo a la definición de
los elementos y a sus términos y condiciones, constituyan
obligaciones de la empresa.
Por lo que se refiere a la cuenta de pérdidas y ganancias
cabe indicar que constituye el documento que
recoge el resultado del ejercicio, separando los ingresos
y gastos imputables al mismo que se clasifican por naturaleza,
no habiendo experimentado modificaciones respecto
al modelo abreviado recogido en el Plan General
de Contabilidad.
Dos cambios merecen destacarse. En primer lugar el
paso de un modelo de cuenta de pérdidas y ganancias en
forma de doble columna a otro vertical. En segundo lugar,
la supresión del margen extraordinario, habiéndose
tomado en consideración la prohibición contenida en las
normas internacionales adoptadas de calificar como
extraordinarias partidas de ingresos o gastos.
El estado de cambios en el patrimonio neto presenta
como novedad más significativa respecto al Plan General
de Contabilidad, la supresión de uno de los documentos
de los que consta éste. En concreto se elimina el
estado de ingresos y gastos reconocidos, quedando un
único documento que recoge: el resultado de la cuenta
de pérdidas y ganancias, el importe de los gastos e
ingresos imputados directamente al patrimonio neto, así
como otros cambios en el patrimonio neto, que en el
Plan General de Contabilidad se detallan en el estado
total de cambios en el patrimonio neto y que derivan de
las variaciones originadas en el patrimonio neto por
operaciones con los socios o propietarios de la empresa
cuando actúen como tales, las restantes variaciones que
se produzcan en el patrimonio neto y los ajustes al patrimonio
neto debidos a cambios en criterios contables y
correcciones de errores.
La memoria adquiere mayor relevancia que en el Plan
de 1990 e incorpora la obligación de facilitar información
comparativa, incluso la de carácter descriptivo, en sintonía
con lo dispuesto en el Plan General de Contabilidad.
En particular, este documento refuerza las exigencias
informativas en materia de instrumentos financieros y
partes vinculadas, esta última de gran relevancia para
poder conocer la verdadera imagen fiel de las relaciones
económicas y financieras de una empresa.
Por último debe destacarse que el contenido de la
memoria de las PYMES tiene carácter de información
mínima, de forma que cuando una empresa que aplique
este Plan realice operaciones cuya información en memoria
esté regulada únicamente en los modelos de cuentas
anuales del Plan General de Contabilidad, deberá incluir
dicha información en su memoria.
14. La cuarta parte del Plan General de Contabilidad
de PYMES se refiere al cuadro de cuentas, que sigue la
clasificación decimal. El cuadro de cuentas amplía el
contenido del texto de 1990, dando cobertura a las nuevas
operaciones recogidas en la segunda parte del Plan.
No obstante, como ya se indicaba en la introducción del
Plan de 1990 nuevamente hay que advertir sobre la posibilidad
de que el presente texto cuente con ciertas lagunas,
debidas fundamentalmente a la imposibilidad de
abarcar la variada casuística que rodea la actividad de
muchas empresas, que en todo caso disponen de la
facultad de cubrir los eventuales vacíos del texto, utilizando
para ello el Marco Conceptual y las reglas técnicas
más afines deducidas de los principios y criterios que
informan el Plan. Adicionalmente, la empresa deberá
desagregar las cuentas al nivel adecuado de dígitos que
posibilite el control y seguimiento de sus operaciones,
así como el cumplimiento de la información exigida en
las cuentas anuales.
En relación con el Plan General de Contabilidad, la
novedad más significativa es la supresión de los grupos 8
y 9 que dan cabida a los gastos e ingresos imputados al
patrimonio neto, que han sido eliminados teniendo en
cuenta la escasez de situaciones contempladas en este
Plan que pueden originarlas y en ausencia de la exigencia
informativa del estado de ingresos y gastos reconocidos.
Asimismo se omiten otras cuentas relacionadas con elementos,
hechos o transacciones no contempladas en este
Plan de PYMES.
15. La quinta parte se dedica a las definiciones y relaciones
contables. Con carácter general, cada uno de los
grupos, subgrupos y cuentas, son objeto de una definición
en la que se recoge el contenido y las características
más sobresalientes de las operaciones y hechos económicos
que en ellos se representan.
Las relaciones contables propiamente dichas, de la
misma forma que ya venía recogiendo el antiguo Plan,
describen los motivos más comunes de cargo y abono
de las cuentas, sin agotar las posibilidades que cada una
de ellas admite. Por lo tanto, cuando se trate de operaciones
cuya contabilización no esté expresada particularmente
en el texto, se deberá formular el asiento o
asientos que procedan utilizando los criterios que en
éste se establecen.
Tal y como ya expresaba el Plan de 1990, tanto la
cuarta como la quinta parte son de aplicación facultativa
por parte de las empresas. No obstante es aconsejable
que, en el caso de hacer uso de esta facultad, se utilicen
denominaciones similares con el fin de facilitar la elaboración
de las cuentas anuales cuya estructura y normas que
desarrollan su contenido y presentación son obligatorias.
En particular, al igual que en el Plan de 1990, merece la
pena destacar el carácter opcional del sistema especulativo
propuesto para las relaciones contables de las cuentas
de existencias.
Por último, la supresión anteriormente señalada de
los grupos 8 y 9 relativos a gastos e ingresos de patrimonio
neto, ha llevado a modificar el movimiento de las
cuentas de patrimonio afectadas. En concreto, la operación
específica que para las pequeñas y medianas empresas
tendrá un movimiento que se reflejará directamente
en las cuentas de patrimonio es la relativa a las subvenciones,
donaciones y legados, contemplando su movimiento
tanto su obtención como su traspaso a la cuenta
de pérdidas y ganancias y el efecto impositivo asociado a
ellas. También se establece ese mismo movimiento
directo con la cuenta de patrimonio neto de los ingresos
fiscales a distribuir, que en su caso puedan darse en una
empresa, en los términos recogidos en la norma de registro
y valoración.
Suplemento del BOE núm. 279 Miércoles 21 noviembre 2007 13
IV
16. La entrada en vigor del Plan General de Contabilidad
y del Plan General de Contabilidad de PYMES
exige una revisión de las adaptaciones sectoriales y de
las resoluciones emitidas por el Instituto de Contabilidad
y Auditoría de Cuentas. Sin embargo, hasta que se produzcan
estos cambios dichas normas mantienen su
vigencia salvo que de forma expresa se opongan a los
nuevos criterios.
PRIMERA PARTE
MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD
1.º Cuentas anuales. Imagen fiel
Las cuentas anuales de las pequeñas y medianas
empresas comprenden el balance, la cuenta de pérdidas y
ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto y
la memoria. Estos documentos forman una unidad. Sin
perjuicio de lo anterior, estas empresas podrán incorporar
en sus cuentas anuales un estado de flujos de efectivo,
que se elaborará de acuerdo con lo establecido en el Plan
General de Contabilidad.
Las cuentas anuales deben redactarse con claridad, de
forma que la información suministrada sea comprensible
y útil para los usuarios al tomar sus decisiones económicas,
debiendo mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la
situación financiera y de los resultados de la empresa, de
conformidad con las disposiciones legales.
La aplicación sistemática y regular de los requisitos,
principios y criterios contables incluidos en los apartados
siguientes deberá conducir a que las cuentas anuales
muestren la imagen fiel del patrimonio, de la situación
financiera y de los resultados de la empresa. A tal efecto,
en la contabilización de las operaciones se atenderá a su
realidad económica y no sólo a su forma jurídica.
Cuando se considere que el cumplimiento de los
requisitos, principios y criterios contables incluidos en
este Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas
Empresas no sea suficiente para mostrar la mencionada
imagen fiel, se suministrarán en la memoria las
informaciones complementarias precisas para alcanzar
este objetivo.
En aquellos casos excepcionales en los que dicho
cumplimiento fuera incompatible con la imagen fiel que
deben proporcionar las cuentas anuales, se considerará
improcedente dicha aplicación. En tales casos, en la
memoria se motivará suficientemente esta circunstancia
y se explicará su influencia sobre el patrimonio, la situación
financiera y los resultados de la empresa.
El sujeto contable que informa como persona jurídica
individual, en el marco de este Plan General de Contabilidad
de Pequeñas y Medianas Empresas, lo hará con independencia
del grupo de empresas al que pueda pertenecer,
sin perjuicio de la norma particular recogida en la
segunda parte de este Plan y de los desgloses informativos
que deban incorporarse en las cuentas anuales.
2.º Requisitos de la información a incluir en las cuentas
anuales
La información incluida en las cuentas anuales debe
ser relevante y fiable.
La información es relevante cuando es útil para la
toma de decisiones económicas, es decir, cuando ayuda a
evaluar sucesos pasados, presentes o futuros, o bien a
confirmar o corregir evaluaciones realizadas anteriormente.
En particular, para cumplir con este requisito, las
cuentas anuales deben mostrar adecuadamente los riesgos
a los que se enfrenta la empresa.
La información es fiable cuando está libre de errores
materiales y es neutral, es decir, está libre de sesgos, y los
usuarios pueden confiar en que es la imagen fiel de lo que
pretende representar.
Una cualidad derivada de la fiabilidad es la integridad,
que se alcanza cuando la información financiera contiene,
de forma completa, todos los datos que pueden influir en
la toma de decisiones, sin ninguna omisión de información
significativa.
Adicionalmente, la información financiera debe cumplir
con las cualidades de comparabilidad y claridad. La
comparabilidad, que debe extenderse tanto a las cuentas
anuales de una empresa en el tiempo como a las de diferentes
empresas en el mismo momento y para el mismo
período de tiempo, debe permitir contrastar la situación y
rentabilidad de las empresas, e implica un tratamiento
similar para las transacciones y demás sucesos económicos
que se producen en circunstancias parecidas. Por su
parte, la claridad implica que, sobre la base de un razonable
conocimiento de las actividades económicas, la contabilidad
y las finanzas empresariales, los usuarios de las
cuentas anuales, mediante un examen diligente de la
información suministrada, puedan formarse juicios que
les faciliten la toma de decisiones.
3.º Principios contables
La contabilidad de la empresa y, en especial, el registro
y la valoración de los elementos de las cuentas anuales,
se desarrollarán aplicando obligatoriamente los principios
contables que se indican a continuación:
1. Empresa en funcionamiento.–Se considerará,
salvo prueba en contrario, que la gestión de la empresa
continuará en un futuro previsible, por lo que la aplicación
de los principios y criterios contables no tiene el
propósito de determinar el valor del patrimonio neto a
efectos de su transmisión global o parcial, ni el importe
resultante en caso de liquidación.
En aquellos casos en que no resulte de aplicación este
principio, en los términos que se determinen en las normas
de desarrollo del Plan General de Contabilidad, la
empresa aplicará las normas de valoración que resulten
más adecuadas para reflejar la imagen fiel de las operaciones
tendentes a realizar el activo, cancelar las deudas
y, en su caso, repartir el patrimonio neto resultante,
debiendo suministrar en la memoria de las cuentas anuales
toda la información significativa sobre los criterios
aplicados.
2. Devengo.–Los efectos de las transacciones o
hechos económicos se registrarán cuando ocurran, imputándose
al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran,
los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia
de la fecha de su pago o de su cobro.
3. Uniformidad.–Adoptado un criterio dentro de las
alternativas que, en su caso, se permitan, deberá mantenerse
en el tiempo y aplicarse de manera uniforme para
transacciones, otros eventos y condiciones que sean similares,
en tanto no se alteren los supuestos que motivaron
su elección. De alterarse estos supuestos podrá modificarse
el criterio adoptado en su día; en tal caso, estas circunstancias
se harán constar en la memoria, indicando la
incidencia cuantitativa y cualitativa de la variación sobre
las cuentas anuales.
4. Prudencia.–Se deberá ser prudente en las estimaciones
y valoraciones a realizar en condiciones de incertidumbre.
La prudencia no justifica que la valoración de los
elementos patrimoniales no responda a la imagen fiel que
deben reflejar las cuentas anuales.
Asimismo, sin perjuicio de lo dispuesto en la segunda
parte de este Plan General de Contabilidad de Pequeñas y
Medianas Empresas en relación con la aplicación del
valor razonable, únicamente se contabilizarán los beneficios
obtenidos hasta la fecha de cierre del ejercicio. Por el
contrario, se deberán tener en cuenta todos los riesgos,
con origen en el ejercicio o en otro anterior, tan pronto
14 Miércoles 21 noviembre 2007 Suplemento del BOE núm. 279
sean conocidos, incluso si sólo se conocieran entre la
fecha de cierre de las cuentas anuales y la fecha en que
éstas se formulen. En tales casos se dará cumplida información
en la memoria, sin perjuicio de su reflejo, cuando
se haya generado un pasivo y un gasto, en otros documentos
integrantes de las cuentas anuales. Excepcionalmente,
si los riesgos se conocieran entre la formulación y
antes de la aprobación de las cuentas anuales y afectaran
de forma muy significativa a la imagen fiel, las cuentas
anuales deberán ser reformuladas.
.

.

 

 

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